El Gobierno de Javier Milei habilitó la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos de uso civil condicional, una medida que entró en vigor tras la publicación de una resolución en el Boletín Oficial, la cual reemplaza la prohibición previa sobre este tipo de armamento.
La nueva normativa implica un cambio profundo en el régimen de control y autorización, que ahora quedará bajo la órbita exclusiva del Registro Nacional de Armas (RENAR), dependiente del Ministerio de Seguridad.
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A partir de esta reforma, los legítimos usuarios y las entidades de tiro podrán adquirir y poseer armas semiautomáticas con cargadores removibles, como fusiles o subametralladoras derivadas de modelos militares con calibre superior al .22 LR. Sin embargo, deberán cumplir con estrictos requisitos, enfocados en la trazabilidad del material y en su justificación deportiva.

Requisitos para acceder al permiso especial
Entre las condiciones establecidas se incluyen:
- Acreditar la identificación precisa del arma, mediante tipo, marca, modelo, calibre, CUIM y número de serie.
- Contar con un Sector de Guarda registrado tipo G2, como sistema de almacenamiento seguro aprobado.
- Presentar una declaración jurada que justifique la solicitud, acompañada de documentación probatoria y fotografías del arma.
- Abonar la tasa correspondiente al trámite, equiparable al costo de la “Tenencia Exprés” y la Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM) vigente.
- Demostrar usos deportivos probados, mediante al menos una de las siguientes alternativas:
- Certificación de entidad de tiro con instalaciones propias, avalando la condición de tirador asiduo.
- Representación en certámenes nacionales o internacionales de tiro deportivo con ese material.
- Solicitud de una entidad de tiro habilitada que permita el uso por parte de sus socios en disciplinas deportivas o con fines didácticos certificados.
- No poseer antecedentes sancionatorios ni trámites administrativos pendientes ante el RENAR.
- Contar con una antigüedad mínima de cinco años como legítimo usuario de armas de uso civil condicional.
- Proveer elementos probatorios adicionales que permitan evaluar la pertinencia de la petición, bajo criterio del RENAR.

Un cambio en la estructura legal
La resolución también redefine la estructura administrativa del sector. La Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC) pasa a denominarse Registro Nacional de Armas (RENAR), bajo el control del Ministerio de Seguridad. Esta entidad asume la fiscalización total de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N.º 20.429, dejando sin efecto resoluciones previas (81/02, 54/04, 155/04 y 239/09).
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Con este nuevo marco, el Gobierno busca reemplazar la antigua prohibición por un sistema de control más específico, orientado al uso responsable y a la supervisión directa de los usuarios y entidades habilitadas.
En junio, el Ejecutivo ya había avanzado en esta dirección al derogar un decreto de la era Menem que limitaba la compra de fusiles semiautomáticos a civiles, medida que hasta ahora solo podía autorizarse de forma excepcional.
Con Información de Infobae.-




