El Gobierno estableció este viernes el nuevo monto del salario mínimo, vital y móvil (SMVM) para mayo, junto con aumentos mensuales progresivos hasta agosto de este año. La medida se tomó poco más de una semana después de la reunión del Consejo del Salario, en la que no se alcanzó un acuerdo.
“Luego de un extenso intercambio de opiniones, durante el cual cada sector expuso sus posiciones y deliberó, no se logró consenso según lo previsto en el artículo 137 de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias”, señala la Resolución 5/2025 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, publicada en el Boletín Oficial.
El texto, que hace referencia a ese encuentro realizado de forma virtual, explica que, dado ese escenario y considerando la discusión sobre la determinación del SMVM y los montos de la prestación por desempleo, la autoridad competente tuvo la obligación de emitir un laudo para resolver el tema.
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El nuevo esquema parte de una base de $302.600 desde el 1° de abril de 2025 para los trabajadores mensualizados con jornada legal completa y de $1.513 por hora para los jornalizados. A partir del 1° de mayo, el salario mínimo subirá a $308.200 para los mensualizados y $1.541 por hora para los jornalizados. En junio aumentará a $313.400 y $1.567, respectivamente.
Los dos últimos incrementos están previstos para el 1° de julio, con montos de $317.800 y $1.589 por hora, y para el 1° de agosto, con cifras de $322.000 y $1.610 por hora.
Las nuevas sumas se aplican a los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo (Ley Nº 20.744), en el Régimen de Trabajo Agrario, en la Administración Pública Nacional y en todas las entidades y organismos estatales que actúan como empleadores.
Además, el artículo 2° de la normativa establece que la prestación por desempleo será equivalente al 75% del salario neto promedio del trabajador en los seis meses previos a la finalización del contrato, y aclara que nunca podrá ser inferior al 50% ni superior al 100% del SMVM vigente.
Salario Mínimo: sin acuerdo, definió el Gobierno
Al igual que en convocatorias anteriores, no hubo acuerdo entre empresarios y sindicatos en el Consejo del Salario. Ante esa situación, el Gobierno fijó por laudo el nuevo valor del SMVM y de la prestación por desempleo hasta agosto.
Hasta marzo, el salario mínimo era de $296.832. Mientras los sindicatos reclamaban llevarlo a $644.000 desde abril, los empresarios ofrecían $301.300. Hasta ese mes, el SMVM había acumulado un aumento del 6,12% en 2025, frente a una inflación del 8,6%.
El salario mínimo impacta directamente en los trabajadores registrados que cobran por debajo de ese piso mensual o por hora. Además, sirve como referencia para los asalariados no registrados, que representan cerca del 40% de la fuerza laboral. También influye en el cálculo de jubilaciones: quienes se jubilaron con 30 o más años de aportes (sin moratorias) tienen derecho a cobrar el 82% del SMVM. Sin embargo, ese plus no se está aplicando, ya que los aumentos del salario mínimo han sido inferiores a los de las jubilaciones y pensiones.