La Comisión Nacional de Valores (CNV) formalizó la reglamentación sobre las billeteras cripto a través de la resolución 1058, publicada en el Boletín Oficial. Esta medida establece los principios y condiciones que deben cumplir las personas y empresas que operan como exchanges de criptomonedas en Argentina. La normativa también obliga a los operadores a inscribirse en un registro oficial habilitado por la CNV antes de comenzar a operar en el mercado de criptomonedas. Además, impone requisitos en áreas clave como ciberseguridad, prevención del lavado de dinero y custodia de activos virtuales.
La resolución aclara que los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) que sean personas físicas y que no superen un monto agregado de UVA 35.000 por mes calendario quedan exentos de la obligación de inscripción. Las personas físicas tienen hasta el 1° de julio para cumplir con los requisitos, mientras que las empresas locales tienen plazo hasta el 1º de agosto de 2025. Las empresas extranjeras deberán cumplir con las normativas hasta el 1° de septiembre de este año.
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Nuevos requisitos para operar en billeteras cripto
Entre los puntos más destacados de la nueva normativa, se encuentran los siguientes:
- Todos los PSAV deberán registrarse para operar en el país, con excepción de aquellos que realicen operaciones de compra, venta, pago o cobro de criptoactivos por cuenta propia.
- Tanto las personas físicas locales como las empresas (nacionales e internacionales) deberán registrarse. Los individuos solo podrán operar en las categorías 1 y 2.
- Los operadores deberán contar con un patrimonio neto mínimo de US$150.000 para la categoría de intercambio, US$75.000 para aquellos que se dediquen a la transferencia de activos, y US$35.000 para quienes brinden servicios financieros relacionados con la oferta o venta de criptomonedas.
- Las personas jurídicas deben ser sociedades anónimas o de responsabilidad limitada y presentar estatutos, estados contables, y composición accionaria, además de cumplir con los requisitos de capital mínimo.
- Las empresas extranjeras podrán operar fuera de Argentina, pero deberán tener una representación local que cumpla con los requisitos y asuma la responsabilidad de las transacciones locales. También deberán garantizar que pueden compartir la información solicitada por la CNV, la UIF o la Justicia argentina.

Obligaciones para los PSAV
Los PSAV estarán obligados a segregar los activos de sus clientes, es decir, identificar contablemente la separación entre las criptomonedas propias y las de los clientes. Además, no podrán utilizar los activos de los usuarios. Sin embargo, a diferencia de los agentes de Bolsa, la distinción será contable y no habrá una cuenta comitente separada, lo que no elimina el riesgo en caso de una posible quiebra del exchange.
Restricciones para operar sin inscripción
Según la nueva reglamentación de la CNV, todas las personas físicas o jurídicas que no estén inscriptas en el Registro PSAV quedarán prohibidas de realizar cualquier actividad u operación relacionada con los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales en el país.




