El Ministerio Público informó la detención de tres personas acusadas de ser responsables de la amputación equivocada de una pierna a la paciente Flor Corredor, de 83 años de edad, en el Hospital Dr. Luis Razetti del estado Barinas, Venezuela.
Según una publicación en la cuenta de Instagram del organismo, el fiscal general, Tarek William Saab, identificó a los detenidos como Marcial Rodríguez, Tibisay Camacho y Génesis Ramírez.
“Fueron acusados por el delito de lesiones culposas gravísimas, ya que, aprovechando su condición de médicos, intervinieron quirúrgicamente a la ciudadana Flor Corredor y amputaron por error su pierna derecha, causándole heridas severas y daños irreversibles”, indicó el Ministerio Público en su publicación.
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La denuncia de los familiares
Jesús David Carriazo Corredor, hijo de la paciente, denunció públicamente el hecho a través de un video difundido por el diario Versión Final en Instagram.
“Mi mamá ingresó al hospital con un pie diabético, el izquierdo, que debía ser amputado. Sin embargo, por un error médico, le amputaron la pierna derecha, que estaba sana”, relató. Agregó que hasta ese momento, el médico traumatólogo responsable del procedimiento no les había ofrecido ninguna explicación sobre lo ocurrido.

Detalles del caso
Flor María Corredor fue ingresada al hospital el 25 de mayo debido a complicaciones derivadas de su condición diabética. Ante la gravedad de la infección en su pierna izquierda, los médicos decidieron amputarla.
No obstante, tras la cirugía, los familiares descubrieron que le habían amputado la pierna derecha. La extremidad afectada por la infección, que motivó su ingreso, continúa sin ser tratada quirúrgicamente. De acuerdo con sus allegados, la paciente permanece en estado delicado y aún requiere la amputación de la pierna inicialmente comprometida.
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Consecuencias legales
El artículo 416 del Código Penal venezolano contempla penas de tres a seis años de prisión para quienes causen, por acción u omisión, una enfermedad incurable o la pérdida de un sentido, miembro u órgano.
Por su parte, el Código de Deontología Médica de la Federación Médica Venezolana establece en su artículo 241 que los casos comprobados de negligencia, impericia o mala fe deben ser sancionados por los Tribunales Disciplinarios de los Colegios de Médicos y por la Federación Médica Venezolana.
Una de las posibles sanciones ante un caso de mala praxis es la suspensión del ejercicio profesional del médico responsable, si se demuestra su culpabilidad.
Con Información de eldiario.com.-




