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El Senado dio media sanción a la Ley de Propiedad Privada: qué cambia para los alquileres y cómo serían los desalojos

Karla Quintana por Karla Quintana
agosto 7, 2026
in Argentina, Economía
Tiempo de leer: 10 minutos de lectura
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Inicio Actualidad Argentina
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El Senado aprobó este viernes el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, una de las iniciativas impulsadas por el Gobierno nacional para fortalecer la seguridad jurídica y reformar distintos aspectos vinculados a la propiedad de inmuebles.

La media sanción llegó luego de una extensa negociación política. Para reunir los votos necesarios, La Libertad Avanza retiró dos de los capítulos más controvertidos del proyecto: las modificaciones a la Ley de Tierras Rurales y a la Ley de Manejo del Fuego, lo que permitió conservar el apoyo del PRO, la UCR y bloques provinciales.

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La Libertad Avanza logró la media sanción de la Ley de Propiedad Privada tras negociar cambios con sus aliados.

Desde el oficialismo destacaron que el objetivo principal era avanzar con una de las reformas incluidas en la agenda legislativa del presidente Javier Milei.

Sin embargo, el debate también dejó momentos de tensión. El senador libertario Joaquín Benegas Lynch generó malestar entre los bloques dialoguistas al referirse a ellos como «los tibios del medio», luego de cuestionar la decisión de excluir el capítulo sobre tierras rurales. El episodio terminó debilitando el respaldo a otros artículos que aún permanecían en discusión.

Ahora el proyecto pasará a la Cámara de Diputados, donde deberá obtener una nueva aprobación para convertirse en ley.

Qué busca la nueva Ley de Propiedad Privada

La iniciativa modifica distintas normas relacionadas con la propiedad inmueble.

Los principales cambios abarcan:

  • los procesos de desalojo;
  • la Ley de Expropiaciones;
  • la regularización dominial (Ley Pierri);
  • los Registros de la Propiedad Inmueble;
  • la utilización de documentación y firmas digitales.

Bartolomé Abdala, senador nacional de La Libertad Avanza, presidió la sesión

Según el Gobierno, la reforma apunta a brindar mayor previsibilidad jurídica para propietarios e inversores y agilizar los procesos judiciales vinculados a inmuebles.

Para la oposición y organizaciones de inquilinos, en cambio, la iniciativa fortalece los derechos de los propietarios sin resolver el problema del acceso a la vivienda.

Desalojos: qué cambia realmente

Uno de los capítulos que más atención generó fue el referido a los desalojos.

Aunque en los últimos meses circularon versiones que advertían sobre desalojos inmediatos por falta de pago, especialistas aclaran que la reforma no elimina las garantías procesales ni modifica las normas penales sobre usurpaciones.

El proyecto establece que los procesos civiles de restitución de inmuebles tramiten mediante el procedimiento sumarísimo, reduciendo tiempos judiciales y concentrando las distintas etapas del proceso.

La Ley de Propiedad Privada busca acelerar los procesos de desalojo y modifica las reglas para los contratos de alquiler.

Además, en determinados casos de intrusión o tenencia precaria, el juez podrá ordenar la restitución anticipada del inmueble cuando el propietario acredite documentalmente su derecho y preste caución juratoria.

También incorpora la posibilidad de realizar notificaciones electrónicas utilizando el correo electrónico fijado en el contrato y obliga al propietario a recibir las llaves cuando el inquilino entregue el inmueble, sin perder el derecho de reclamar deudas pendientes.

Antes de ejecutar un desalojo deberán intervenir los organismos correspondientes cuando existan menores de edad o personas en situación de vulnerabilidad para garantizar una solución habitacional transitoria.

La diferencia entre una usurpación y un incumplimiento del contrato

Uno de los puntos que más confusión generó durante el debate es el alcance real de la reforma.

El abogado especialista en Derecho Inmobiliario Enrique Abatti (h.), integrante de la Cámara de Propietarios de la República Argentina (CAPRA), explicó que el proyecto no modifica el delito de usurpación, que continúa regulado por el Código Penal.

Según detalló, las modificaciones alcanzan únicamente los procesos civiles de desalojo de locatarios, sublocatarios, tenedores precarios e intrusos.

Además recordó que el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación rige directamente en la Ciudad de Buenos Aires, mientras que las provincias deberán adaptar sus respectivas normas para aplicar un esquema similar.

Senadores nacionales de Convicción Federal: Guillermo Andrada, Sandra Mendoza y Carolina Moisés

Los alquileres de vivienda mantendrán el plazo de 10 días

Otro de los cambios relevantes ocurrió durante el tratamiento legislativo.

La versión original del proyecto reducía de diez a tres días el plazo para intimar el pago antes de iniciar un juicio de desalojo.

Sin embargo, esa modificación fue eliminada durante el debate en comisión.

En consecuencia, los contratos destinados a vivienda seguirán otorgando al inquilino diez días corridos para regularizar la deuda antes de que el propietario pueda iniciar una demanda judicial.

Para los alquileres comerciales, oficinas, depósitos u otros destinos, el plazo podrá establecerse libremente mediante acuerdo entre las partes.

Abatti consideró que, si los procesos judiciales se vuelven más rápidos, también podrían disminuir algunas de las exigencias que hoy enfrentan quienes buscan alquilar una vivienda, como garantías adicionales o mayores requisitos económicos.

Cambios en expropiaciones

El proyecto también introduce modificaciones importantes en la Ley de Expropiaciones.

Entre ellas:

  • la utilidad pública deberá justificarse de manera específica y restrictiva;
  • deberá superar criterios de necesidad, proporcionalidad e idoneidad;
  • el Estado no podrá tomar posesión definitiva sin haber abonado previamente la indemnización;
  • se incorpora expresamente el lucro cesante dentro de la compensación económica.

El oficialismo sostiene que estas modificaciones brindan mayor seguridad jurídica y limitan posibles arbitrariedades del Estado.

Actualización de la Ley Pierri y digitalización

La iniciativa también modifica el régimen de regularización dominial previsto en la denominada Ley Pierri.

Actualmente existe un plazo fijo para acceder al beneficio.

Con la reforma, podrán solicitar la regularización quienes acrediten una posesión pública, pacífica, ostensible y continua durante los diez años anteriores a la presentación.

Asimismo, el proyecto moderniza los Registros de la Propiedad Inmueble de todo el país al incorporar expresamente la utilización de documentos electrónicos y firmas digitales.

Las críticas de la oposición

Durante el debate, el kirchnerismo y otros bloques provinciales cuestionaron la iniciativa.

El senador Jorge Capitanich sostuvo que el proyecto prioriza la defensa patrimonial por encima del acceso a la vivienda de los sectores más vulnerables.

Por su parte, Pablo Bensusán advirtió que algunas modificaciones podrían afectar la soberanía sobre recursos estratégicos.

También hubo reparos desde sectores dialoguistas.

La salteña Flavia Royón votó en contra al considerar que el proyecto aún contiene errores técnicos y conceptuales, mientras que el radical Maximiliano Abad cuestionó las modificaciones originalmente previstas para la Ley de Manejo del Fuego y advirtió que hubieran derivado en planteos judiciales.

El rechazo de las organizaciones de inquilinos

Desde Inquilinos Agrupados también expresaron su rechazo a la iniciativa.

Su referente, Gervasio Muñoz, aseguró que prácticamente todas las modificaciones del capítulo referido a alquileres apuntan a acelerar los desalojos y reducir las herramientas de defensa de los inquilinos.

Según sostuvo, la reforma no resolverá la crisis habitacional y podría incrementar la conflictividad entre propietarios e inquilinos, especialmente en un contexto de aumentos sostenidos de los alquileres.

Además, recomendó a quienes estén por firmar un contrato revisar cuidadosamente cada una de las cláusulas y buscar asesoramiento previo.

El debate por el voto remoto

La sesión también dejó abierta otra discusión institucional.

El Senado decidió no habilitar el voto remoto para la senadora Anabel Fernández Sagasti, quien cursa un embarazo, ni para el radical Flavio Fama, que se recupera de una intervención quirúrgica.

En cambio, el cuerpo acordó enviar el tema a la Comisión de Asuntos Constitucionales para debatir una eventual reforma del reglamento que permita la participación virtual en casos excepcionales.

Qué sigue ahora

Con la media sanción obtenida en el Senado, el proyecto deberá ser tratado por la Cámara de Diputados.

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Si obtiene la aprobación definitiva, entrarán en vigencia nuevas reglas para los procesos de desalojo, el régimen de expropiaciones, la regularización dominial y la digitalización de los registros inmobiliarios, en una de las reformas más relevantes que impulsa el Gobierno de Javier Milei en materia de propiedad privada.

Con Información de TN.-

Etiquetas: alquileresArgentinaCongresodesalojoLey de Propiedad Privadamercado inmobiliarionoticiaspropiedad privadaSenado
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