Nicolás Maduro anunció ayer martes, 23 de Septiembre, su intención de declarar un “estado de conmoción exterior” en Venezuela, una figura jurídica prevista en el artículo 338 de la Constitución, que faculta al Ejecutivo a asumir poderes extraordinarios ante conflictos internacionales o situaciones externas que representen un grave peligro para la seguridad del país.
La medida fue justificada por el Gobierno Venezolano ante lo que describió como amenazas derivadas del despliegue militar de Estados Unidos en el Mar Caribe, interpretadas como un intento de injerencia en los asuntos internos de Venezuela. El decreto recibió el respaldo inmediato del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), la Asamblea Nacional y la Fiscalía General, instituciones alineadas con el oficialismo.
¿Qué implica el estado de conmoción exterior?
Según la Constitución, este estado de excepción permite:
- Duración legal: puede extenderse hasta 90 días, prorrogables por otros 90.
- Concentración de poder: habilita al presidente a tomar decisiones extraordinarias sin pasar por los mecanismos ordinarios.
- Restricción de derechos: se pueden limitar libertades como el tránsito, la reunión o la información, bajo el argumento de proteger la seguridad nacional.
- Movilización militar: permite ordenar despliegues de tropas, ejercicios de defensa y control reforzado en zonas estratégicas.
En este caso, Maduro convocó ejercicios militares, alistamiento en la Milicia Bolivariana y despliegue de fuerzas en áreas sensibles como La Orchila y la frontera con Colombia.
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Derechos intangibles
Aunque los estados de excepción permiten restringir ciertas garantías constitucionales, existen derechos que no pueden suspenderse bajo ninguna circunstancia. Entre ellos:
- Derecho a la vida.
- Prohibición de la tortura y la incomunicación.
- Derecho al debido proceso.
- Libertad de conciencia y religión.
- Derecho a la defensa y acceso a la justicia.
- Derecho a la nacionalidad.
- Derecho a la información.
Organizaciones internacionales como Amnistía Internacional, Human Rights Watch, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), PROVEA y Foro Penal han denunciado que estos derechos no se garantizan plenamente en Venezuela. Informes recientes documentan desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias, torturas, ejecuciones extrajudiciales y censura informativa, incluso durante la vigencia de estados de excepción. El Comité de Derechos Humanos de la ONU también ha señalado que el país incumple con el principio de intangibilidad de los derechos humanos.
Precedentes del artículo 338
El artículo 338 ha sido invocado en varias ocasiones, cada una con implicaciones políticas, sociales y económicas distintas:
- Emergencia económica (2016–2020): usada de forma prolongada para sortear el control parlamentario y legislar por decreto.
- Estado de alarma por la pandemia (2020): permitió restringir movilidad y prolongar medidas de control durante más de un año.
- Conmoción interior de facto (2017): aunque no se decretó formalmente, se aplicaron medidas excepcionales durante las protestas masivas.
- Contexto actual (2025): Maduro declaró este estado en respuesta al despliegue militar estadounidense en el Caribe. Objetivo: “Blindar constitucionalmente” la defensa nacional, movilizar tropas y justificar medidas excepcionales. Reacción: Apoyo institucional por parte del TSJ, Asamblea Nacional y Fiscalía, aunque sectores opositores cuestionan la legalidad y motivación política de la medida.
Un instrumento de poder
Juristas y organizaciones sociales advierten que, más que para responder a situaciones extremas, los estados de excepción en Venezuela se han convertido en herramientas de control político y social. Desde 2016, se han dictado más de 12 decretos de emergencia económica sin aprobación parlamentaria, lo que ha permitido al Ejecutivo manejar presupuestos y recursos sin contrapesos institucionales.
Con el actual decreto de conmoción exterior, Maduro busca blindar constitucionalmente sus decisiones frente a lo que denomina “amenazas externas”, aunque sectores opositores consideran que se trata de un recurso político para consolidar aún más el poder del Ejecutivo en medio de la crisis nacional.
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Con Información de bancaynegocios.com y diariolasamericas.com.-




