La Justicia laboral hizo lugar a un amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT) y ordenó suspender provisoriamente los artículos 2 y 3 del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 340/2025, dictado por el presidente Javier Milei, que restringía el derecho a huelga.
La medida fue dispuesta este lunes por la jueza Moira Fullana, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°3, quien consideró que el decreto vulnera el principio de división de poderes y el derecho a la libertad sindical.
En su resolución, la magistrada advirtió que no se acreditaron las “circunstancias excepcionales” que exige la Constitución Nacional para la emisión de un DNU. Además, remarcó que al momento de su firma, el Congreso de la Nación se encontraba en sesiones ordinarias, lo cual habilitaba el trámite legislativo regular.
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Fullana citó jurisprudencia de la Corte Suprema que establece que solo puede recurrirse a un DNU cuando es imposible dictar una ley por los canales habituales o cuando la urgencia del asunto impide esperar el proceso legislativo. Según la jueza, ninguna de estas condiciones se cumplía en este caso.
Asimismo, consideró “insuficiente” el argumento del Poder Ejecutivo de que el DNU 340/25 solo incorporaba a la Marina Mercante como nuevo servicio esencial, ampliando lo ya dispuesto por el DNU 70/2023.
La decisión judicial se trata de una medida cautelar y no implica todavía una declaración de inconstitucionalidad definitiva, pero sí suspende de manera provisoria los efectos de los artículos cuestionados mientras se resuelve el fondo del asunto.
Qué establecía el DNU 340/2025
El decreto buscaba ampliar la lista de actividades consideradas esenciales o de importancia trascendental, imponiendo una cobertura mínima obligatoria de entre el 50% y el 75% en caso de huelga.
En concreto, el artículo 3 del DNU, que modificaba el artículo 24 de la Ley N° 25.877, establecía que:
“En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se trate. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”.
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La iniciativa fue duramente cuestionada por las centrales sindicales, que advirtieron que las nuevas exigencias hacían inviable el ejercicio efectivo del derecho a huelga. En el amparo, la CGT sostuvo que el decreto era “arbitrario” al ampliar la lista de servicios esenciales y que imponía condiciones que violan el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y diversos tratados internacionales con jerarquía constitucional, como los convenios 87 y 98 de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.




