En la Ciudad de Buenos Aires, los propietarios de vehículos pueden dejar de pagar la patente bajo ciertas condiciones específicas.
Una de los casos aplica cuando el vehículo cumple 25 años desde su fecha de patentamiento. Esta antigüedad se cuenta a partir de la inscripción del automóvil, y al llegar al cuarto de siglo, el propietario queda automáticamente exento del impuesto sin necesidad de realizar trámites adicionales.
Además, existen otras excepciones al pago de la patente en la Capital Federal, como en el caso de vehículos de uso oficial o aquellos pertenecientes a funcionarios extranjeros. También se eximen del pago los vehículos utilizados para el traslado de personas con discapacidades.
Para estos últimos, la exención tiene un tope basado en la valuación fiscal del automóvil. Para acceder a este beneficio, el propietario debe demostrar su relación con la persona discapacitada mediante documentación que puede incluir un certificado de convivencia, partida de nacimiento o acta de matrimonio, según corresponda.
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Documentación requerida si el beneficiario es el titular del vehículo:
- Título de Propiedad del Automotor: El vehículo debe estar registrado a nombre del beneficiario o de su cónyuge, pareja conviviente, padres, madre, curador, nietos o conviviente. Se debe presentar una copia certificada por la Dirección Nacional de Registro de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA y CP).
- Certificado de discapacidad emitido por la junta médica del hospital correspondiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
- Fotocopia del DNI (ambas caras) del titular y, en caso de ser necesario, del beneficiario. Es obligatorio presentar el original para su verificación.
- Formulario “Solicitud de Exención Personas con Discapacidad – Patentes”, disponible para descargar al pie de la página, que deberá completarse y enviarse junto al trámite.
- Nota solicitando la exención, que debe incluir el motivo, nombre y apellido del titular, número de patente, firma, aclaración y número de DNI.




