El Gobierno argentino anunció que dejará de exigir certificaciones locales para un amplio grupo de productos importados que ya cuenten con avales de seguridad emitidos por organismos internacionales reconocidos en sus países de origen.
La medida fue oficializada este miércoles a través del decreto 892, publicado en el Boletín Oficial, y establece que Senasa y la ANMAT reconocerán certificaciones otorgadas en países como Australia, Estados Unidos, la Unión Europea, Israel, Japón, Reino Unido y los miembros de la EFTA, evitando así la duplicación de controles.
ÚNETE A NUESTRO GRUPO DE WHATSAPP PARA ESTAR INFORMADO

“A partir de ahora, los productos médicos de clases I y II —como sillas de ruedas—, los productos domisanitarios y los bienes industriales con reglamentos técnicos que estén autorizados para la venta en esos mercados podrán ingresar al país sin necesidad de realizar certificaciones locales”, explicó el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, en un posteo en la red social X.
Según el funcionario, la decisión apunta a agilizar la actividad comercial mediante la eliminación de “barreras y restricciones estatales” que encarecen los procesos de importación.
“Menos trabas implican más competencia y mejores precios para los consumidores. Esto aplica a todos los productos que requieren certificaciones técnicas o de seguridad”, sostuvo.
Qué productos quedan alcanzados por la medida
El decreto simplifica los mecanismos de acreditación técnica para la importación y comercialización de productos bajo la órbita de la ANMAT y el Senasa, habilitando el uso de certificados emitidos por autoridades oficiales, entidades certificadoras reconocidas o laboratorios acreditados en el exterior.
En el caso de la ANMAT, la flexibilización alcanza a:
- Productos médicos de bajo riesgo (clases I y II);
- Cosméticos;
- Productos de higiene personal y oral;
- Perfumes;
- Productos domisanitarios, como detergentes, desinfectantes y plaguicidas;
- Dispositivos de diagnóstico in vitro que no requieran cadena de frío.
Asimismo, los fitosanitarios y productos veterinarios podrán ingresar al país con certificaciones del país de origen, sin necesidad de controles adicionales por parte del Senasa.
No obstante, el Gobierno aclaró que los importadores deberán presentar una declaración jurada en la que garanticen que los productos no representan riesgos para la salud humana ni animal.
Qué mercaderías quedan excluidas
El decreto excluye de estos cambios a:
- Armas, explosivos y sustancias químicas;
- Mercaderías usadas o reacondicionadas;
- Productos cuya comercialización esté prohibida en la Argentina;
- Alimentos regulados por el Código Alimentario Argentino;
- Medicamentos, fertilizantes y bienes alcanzados por regímenes especiales.
ÚNETE A NUESTRO CANAL DE TELEGRAM PARA ESTAR INFORMADO
También quedan fuera los productos sin procesamiento industrial, como semillas, frutas, ganado y carnes, regulados por los acuerdos sanitarios de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Con Información de TN.-




