El Gobierno formalizó este martes el aumento salarial para empleadas domésticas correspondiente a los meses de julio y agosto. La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) resolvió incrementos del 8,5% y 4%, respectivamente, retroactivos al 1° de julio. La medida se formalizó hoy con la publicación de la resolución 1/2024 en el Boletín Oficial.
De esta manera, los empleadores deberán pagar en los primeros días de septiembre un aumento del 8,5% correspondiente al primer tramo. El acuerdo, alcanzado el 5 de agosto, fijó una cláusula de revisión el 18 de septiembre cuando se volverá a negociar un incremento salarial de las empleadas domésticas.
La recomposición salarial fue oficializada a través de la resolución 1 de la Comisión Nacional de Trabajo de Casas Particulares, publicada este martes en el Boletín Oficial, está firmada por Roberto Picozzi, presidente de la entidad que integran el Estado, representantes de los empleadores y de los sindicatos del sector.
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Nuevas Escalas Salariales: En julio 2024, las escalas salariales por categoría son las siguientes:
De acuerdo con el aumento acumulativo del 8,5% que regirá para julio, la hora y el mes trabajado deberá pagarse (a principios de septiembre) de la siguiente manera y tendrán como base los abonados en mayo:
- Personal para tareas específicas: Sin retiro: $3154 por hora y $392.034 mensual | Con retiro: $2876 por hora y $352.178 mensual.
- Supervisores: Con retiro: $3038 por hora y $379.071 mensual | Sin retiro: $3328 por hora y $422.242 mensual.
- Caseros: $2177 por hora y $343.606 mensual.
- Cuidado de personas: Con retiro: $2717 por hora y $343.606 mensual | Sin retiro: $3038 por hora y $382.913 mensual.
- Tareas generales: Con retiro: $2519 por hora y $309.001 mensual | Sin retiro: $2717 por hora y $343.606 mensual.

En agosto 2024, las escalas salariales se ajustan así:
De acuerdo al aumento del 4% que regirá para agosto, la hora y el mes trabajado deberá pagarse (a principios de octubre)- en base a los sueldos abonados en julio- de la siguiente manera:
- Personal para tareas específicas: Sin retiro: $3280 por hora y $407.715 mensual | Con retiro: $2992 por hora y $366.265 mensual.
- Supervisores: Con retiro: $3160 por hora y $394.234 mensual | Sin retiro: $3461 por hora y $439.131 mensual.
- Caseros: $2826 por hora y $357.350 mensual.
- Cuidado de personas: Con retiro: $2826 por hora y $357.350 mensual | Sin retiro: $3160 por hora y $398.229 mensual.
- Tareas generales: Con retiro: $2620 por hora y $321.361 mensual | Sin retiro: $2826 por hora y $357.350 mensual.
Detalles Adicionales:
- Antigüedad: Se suma un 1% por cada año trabajado con el mismo empleador.
- Zona Desfavorable: Se abona un 30% adicional en ciertas regiones, incluyendo La Pampa, Patagonia, y más.
- Categorías: Si un empleado realiza tareas en varias categorías, se aplica la principal que desempeñe regularmente.
- Modalidades de Pago: Empleados que trabajen 24 o más horas semanales deben recibir su salario según la modalidad mensual; menos de 24 horas se liquidan por hora.
Inscripción y Alta en AFIP:
Para registrar y dar de alta a una empleada doméstica en AFIP, el empleador debe contar con los siguientes datos: número de CUIL, nombre completo, fecha de nacimiento, domicilio, obra social, estado jubilatorio, CBU, teléfono y correo electrónico. La inscripción puede anularse hasta las 23:59 del día en que se realizó el registro, pasado ese plazo, debe hacerse presencialmente en una oficina de la AFIP.




