El Ministerio de Salud de la Nación oficializó la extensión de la receta electrónica a la totalidad de las indicaciones médicas, incluyendo medicamentos de prescripción restringida, estudios, prácticas, procedimientos y dispositivos médicos. La medida fue dispuesta mediante la Resolución 2214/2025, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
De esta manera, se completa el proceso iniciado el 1° de enero pasado con la obligatoriedad de la receta electrónica para medicamentos, en cumplimiento de la Ley 27.553. A partir de ahora, todas las órdenes médicas deberán emitirse exclusivamente en formato electrónico, a través de plataformas registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS), lo que permitirá contar con un sistema unificado, interoperable y trazable a nivel nacional.
Según informó la cartera sanitaria, para asegurar una integración eficiente del sistema, la normativa establece que los repositorios digitales deben estar abiertos a todas las plataformas o sistemas de prescripción, independientemente del financiador o la cobertura médica del paciente.
ÚNETE A NUESTRO GRUPO DE WHATSAPP PARA ESTAR INFORMADO

Avances clave en la digitalización del sistema
Uno de los aspectos centrales de la nueva regulación es la implementación de un sistema de identificación unívoca y segura tanto para el paciente como para cada receta emitida. Para ello, se utilizará el CUIL como dato principal de identificación, y cada prescripción contará con una Clave Única de Identificación de Receta (CUIR), lo que permitirá localizarla con precisión, evitando duplicaciones y garantizando la integridad del registro.
Esta clave será esencial para fortalecer la trazabilidad de los tratamientos y garantizar la transparencia y seguridad del sistema de prescripción electrónica.
Prescripción de medicamentos archivados y restringidos
La normativa también establece lineamientos específicos para la digitalización de recetas archivadas o de prescripción restringida, como aquellas que incluyen psicotrópicos o estupefacientes. Las plataformas deberán asegurar la conservación digital de estas recetas durante un período mínimo de tres años, permitiendo su consulta para tareas de monitoreo, auditoría y fiscalización.
Con esta medida, el sistema de receta electrónica no solo mejora el acceso y la continuidad de los tratamientos, sino que también refuerza los mecanismos de control sanitario, especialmente en el uso de medicamentos sensibles.

Plazos de implementación
Los prestadores y plataformas de servicios de salud contarán con distintos plazos para implementar los cambios:
- 45 días para incorporar la identificación unívoca de las recetas.
- 90 días para la digitalización de recetas archivadas.
- 120 días para la incorporación de recetas de prescripción restringida.
Coordinación y excepciones
El Ministerio de Salud coordinará los aspectos técnicos necesarios con los actores del sistema para facilitar la implementación. En casos excepcionales, como en zonas con baja conectividad o de difícil acceso, se mantendrá vigente la posibilidad de emitir recetas en formato papel.
Con esta medida, el Ministerio de Salud avanza en la consolidación de un sistema sanitario más moderno, eficiente y transparente. La receta electrónica se convierte en una herramienta clave para garantizar la seguridad, confidencialidad e integridad de la información médica, mejorar la trazabilidad de los tratamientos y optimizar el uso de los recursos públicos.
ÚNETE A NUESTRO CANAL DE TELEGRAM PARA ESTAR INFORMADO
Con información de TN.-




