El fiscal ante la Cámara de Casación Penal, Mario Villar, solicitó que la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner continúe bajo arresto domiciliario por su condena en la causa Vialidad, pero en un domicilio distinto al actual, ubicado en el barrio porteño de Constitución. Según argumentó, la presencia de la exmandataria en esa zona genera tumultos y molestias para los vecinos, por lo que consideró necesario modificar el lugar donde cumple la pena.
Villar también retiró el pedido original de los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, quienes habían solicitado que la exmandataria cumpliera su condena de seis años de prisión en un establecimiento penitenciario.
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La solicitud fue presentada en el marco de una audiencia convocada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal —integrada por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña—, que tiene a su cargo revisar tanto las condiciones del arresto domiciliario como las apelaciones presentadas por las partes. Los magistrados tienen un plazo de cinco días hábiles para resolver.
Durante la audiencia, el abogado defensor de Cristina Kirchner, Carlos Beraldi, se opuso al pedido de cambio de domicilio planteado por el fiscal Villar. Además, solicitó que se levanten las restricciones a las visitas y que se retire la tobillera electrónica impuesta a la exmandataria.
La defensa también cuestionó la decisión del Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2), que estableció que únicamente pueden ingresar a la vivienda familiares directos, abogados y médicos, sin necesidad de autorización judicial. Según los letrados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, estas limitaciones son incompatibles con el derecho a la vida familiar y social de su representada. Asimismo, señalaron que la expresidenta necesita mantener reuniones frecuentes con contadores y apoderados para atender cuestiones administrativas diarias.
La apelación de los fiscales Luciani y Mola
Los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola apelaron la prisión domiciliaria concedida a Cristina Kirchner, al considerar que no se verifican causales suficientes para otorgarle ese beneficio. Sostuvieron que la medida constituye un privilegio y que existe una falta de igualdad ante la ley.
En su presentación, afirmaron: “Este Ministerio Público, como titular de la acción pública, tiene un interés en que las penas dictadas en casos graves de corrupción sean cumplidas en establecimientos carcelarios, conforme lo establece la ley”.
A su vez, rechazaron los argumentos humanitarios que justificaron la prisión domiciliaria. Indicaron que, según el informe socioambiental del 12 de junio, la expresidenta manifestó encontrarse en buen estado de salud general. Por tanto, concluyeron que “no se encuentran configuradas razones de salud ni personales vinculadas a la edad que permitan inferir que el encierro en un penal pueda afectar su derecho a un trato digno o humanitario”.
Los fiscales remarcaron que la pena privativa de libertad, según el Código Penal y la Ley de Ejecución Penal, debe cumplirse en un establecimiento penitenciario, y que no se acreditaron motivos suficientes para aplicar una excepción en este caso.
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Con Información de TN.-




