Numerosos conductores que circulan por las distintas vías del país han emitido quejas sobre los documentos solicitados por la Policía Nacional Bolivariana (PNB). Los choferes alegan ser sancionados por exigencias que consideran injustificadas. «Si el vehículo no está a nombre de quien lo maneja, piden un permiso del dueño», relatan algunos afectados, describiendo situaciones que enfrentan diariamente.
El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), autoridad encargada del Registro Nacional de Vehículos y Conductores, ha recordado a los usuarios cuáles son los únicos documentos que, conforme a la Ley de Transporte Terrestre, son exigibles para circular en Venezuela:
- Cédula de identidad
- Licencia de conducir correspondiente al tipo de vehículo (vigente)
- Certificado médico para conducir (vigente)
- Seguro de Responsabilidad Civil (vigente)
- Carnet de circulación, sin necesidad de ninguna autorización adicional
En el caso de los transportistas de carga, deben además portar el Registro de Operadoras de Transporte de Carga (ROTC) actualizado, mientras que los conductores de transporte público deben llevar la Certificación de Prestación de Servicio vigente.
Documentación vencida
«En ocasiones, intentan multarte por tener la cédula, el certificado médico o el seguro vencidos», comentó un usuario en redes sociales. Ante esta inquietud, un funcionario explicó a Noticia al Día: «La falta de Responsabilidad Civil conlleva una multa de cinco unidades tributarias, según el artículo 170 de la Ley de Tránsito Terrestre. Sin embargo, no se puede sancionar por tener la cédula vencida, ya que es un documento personal».




