La ley ómnibus que Javier Milei envió al Congreso tiene entre sus objetivos que los argentinos puedan realizar un trámite clave sin la mediación de abogados. Puntualmente, se trata del trámite de divorcio. Además, habilita a los escribanos a hacer trámites sucesorios, aunque en este caso con patrocinio letrado obligatorio.
En cuanto al tema del divorcio, el artículo 435 del Código Civil preveía hasta ahora como causas de disolución del matrimonio las siguientes: a) muerte de uno de los cónyuges; b) sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento; c) divorcio declarado judicialmente.
Ahora, el artículo 352 de la ley ómnibus dice: “Incorpórase como inciso d) del artículo 435 del Código Civil y Comercial aprobado por la Ley N° 26.994 y sus modificatorias, el siguiente: ’d) comunicación de la voluntad de disolver el vínculo presentada por los cónyuges en forma conjunta ante el órgano administrativo del último domicilio conyugal, la cual tendrá los mismos efectos que el divorcio’.”
Tras la reforma del Código Civil se estableció que el único requerimiento para que pueda llevarse a cabo un divorcio exprés es la voluntad de al menos uno de los miembros de la pareja. Es decir, con que una de las partes quiera divorciarse, el juez tiene la obligación de otorgar el divorcio, aunque la otra persona no esté de acuerdo.
Tampoco es necesario explicarle al juez las causas por las que te quieres separar. En los últimos años se introdujeron en la legislación argentina estos y otros cambios más para anular un matrimonio.
Cuando se cambió el Código Civil, en 2015, se llamó de manera coloquial al divorcio «exprés» porque desde ese momento ya no se necesita un plazo en el matrimonio para obtenerlo (antes había que estar casados por lo menos durante tres años), ni una causa explícita para realizarse (en el código anterior, por ejemplo, la infidelidad era una causa y había que probarla).
Según explica a Clarín la doctora en derecho, Natalia Torres Santomé, «el divorcio en Argentina siempre tiene que pasar por un proceso judicial. Cada parte necesita un abogado y debe hacer una propuesta de cómo resolver cuestiones como la responsabilidad parental y la distribución de bienes».
«El divorcio se decretará incluso si ambas partes no están de acuerdo sobre las consecuencias del matrimonio, pero es posible que estas cuestiones queden abiertas a futuros acuerdos o juicios separados», agregó.
Esto quiere decir que si bien el divorcio no se formaliza de un momento a otro, el hecho de que ahora no se exige un mínimo de tiempo en el matrimonio ni una causa en particular, hace que se concrete con más rapidez.
Existen dos tipos de divorcio: el llamado de común acuerdo, en el que ambas partes deciden terminar con la relación y el unilateral, solicitado por solo uno de los cónyuges. El primero es bastante más rápido y económico que el segundo.
Lo que sí debe suceder siempre es que, para presentar una petición de divorcio, se realice junto a un abogado. Aunque los dos miembros de la pareja estén de acuerdo.
Con información de Clarín




