Luego de un extenso debate que se inició cerca del mediodía del miércoles, el Senado otorgó media sanción al proyecto de reforma laboral impulsado por el presidente Javier Milei.
La iniciativa, que incorpora 28 modificaciones respecto del texto original, será ahora debatida en la Cámara de Diputados, donde el oficialismo cuenta con la primera minoría.
“El proyecto aborda tres ejes centrales: el ‘carancheo’, es decir, personas que viven de la relación laboral y extraen recursos; la forma en que se negocian las condiciones laborales; y la denominada industria del juicio”, explicó el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, en declaraciones a Radio Mitre.
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Modificaciones a la Ley de Contrato de Trabajo
La reforma flexibiliza las condiciones de contratación, modifica el esquema de indemnizaciones y reduce las contribuciones patronales.
Salarios
Los salarios podrán abonarse en dinero —en moneda nacional o extranjera—, en especie, alojamiento o alimentos. También se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que podrá ser acordado en convenios colectivos, regionales o por empresa, y vincularse al mérito personal o a la productividad del trabajador.
Indemnizaciones
Se reduce la base de cálculo de las indemnizaciones, excluyendo conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas o premios. Además, se establece un tope salarial que no podrá superar tres veces el salario promedio mensual del convenio colectivo correspondiente a la categoría del trabajador.
Las indemnizaciones se actualizarán por inflación, con un adicional del 3% anual, con el objetivo de reducir discrecionalidades en los litigios judiciales. Asimismo, se habilita a las pequeñas y medianas empresas a pagar las indemnizaciones en cuotas, previo acuerdo con el trabajador.
“El Gobierno resigna recursos de la relación laboral, los devuelve a las empresas y les solicita que los mantengan en un fondo para generar mayor previsibilidad. En las nuevas contrataciones habrá una menor carga impositiva”, señaló Sturzenegger.
Fondo de Asistencia Laboral
La norma crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado mediante un aporte obligatorio de los empleadores. La Anses dejará de percibir esos ingresos y la administración del fondo quedará a cargo de la Comisión Nacional de Valores. El aporte será del 1% para grandes empresas y del 2,5% para pymes.
Licencias por enfermedad y reducción salarial
El artículo 208, que regula las licencias pagas por enfermedad o accidente, será modificado. En casos de enfermedades no vinculadas a acciones voluntarias del trabajador, el salario será del 75%. En situaciones derivadas de acciones voluntarias o de riesgo —como accidentes deportivos—, el ingreso se reducirá al 50%.
Según el ministro, la medida apunta a “poner fin a las licencias prolongadas sin justificación”.
Vacaciones
El empleador deberá otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque podrá acordarse otro período. La reforma permite fraccionar las vacaciones por acuerdo entre las partes, siempre que cada tramo no sea inferior a siete días.
Jornada laboral
Se habilita la ampliación de la jornada diaria de 8 a 12 horas, respetando un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas. Las horas adicionales podrán compensarse mediante un banco de horas o días libres, sin ser consideradas horas extra. También se incorporan contratos a tiempo parcial.
Derecho de huelga
La reforma fija niveles mínimos de prestación durante huelgas. Los servicios esenciales deberán garantizar un funcionamiento del 75%, mientras que los considerados trascendentales deberán asegurar al menos el 50%. Se amplía el listado de actividades alcanzadas y se exige que los sindicatos presenten un plan de acción tras una conciliación obligatoria. Las asambleas laborales requerirán autorización previa del empleador.
Negociación laboral
Se establece la prevalencia de los convenios de empresa o regionales sobre los convenios nacionales. El objetivo, según el Gobierno, es adaptar las condiciones laborales a las particularidades productivas de cada región.
Formalización del empleo
La iniciativa crea el Programa de Promoción del Empleo Registrado (PER), orientado a regularizar relaciones laborales informales. Incluye quitas de hasta el 70% de deudas, la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales y la extinción de acciones penales tributarias.
Además, se establece el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que prevé una reducción de contribuciones patronales para nuevas contrataciones.
Juicios laborales
La reforma modifica el funcionamiento de la Justicia Nacional del Trabajo para agilizar los procesos y avanzar en su traspaso a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires. También se fijan topes a honorarios de abogados y peritos, se establecen actualizaciones predecibles de las sentencias y se limita la reapertura de acuerdos homologados, con el objetivo de reducir la litigiosidad.
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Pymes
Se crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), vigente por dos años, que contempla beneficios como amortización acelerada y devolución anticipada del IVA para inversiones productivas realizadas por pequeñas y medianas empresas.
Con Información de TN.-




