Las personas físicas que exporten servicios al exterior ya no estarán obligadas a liquidar una parte de sus dólares en el mercado y convertirlos en pesos. Desde ahora, podrán recibir sus ingresos en dólares y disponer libremente de ese dinero en cuentas bancarias argentinas.
Hasta ayer, quienes trabajaban desde la Argentina para empresas extranjeras podían cobrar en dólares sin restricciones solo hasta un tope anual de USD 36.000. Todo lo que superara ese monto debía venderse obligatoriamente en el mercado local y cobrarse en pesos, como ocurre con cualquier ingreso por exportación.
El Banco Central (BCRA) decidió eliminar ese límite.
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“A partir de la entrada en vigor de esta normativa, los cobros por exportación de servicios no tendrán ninguna imposición para ser liquidados”, señalaron desde la entidad.
La medida beneficia especialmente a profesionales vinculados a la economía del conocimiento, que suelen percibir salarios superiores a los USD 3.000 mensuales y, en muchos casos, se veían forzados a recurrir a criptomonedas o cuentas en el exterior para esquivar el cepo cambiario.
Además, el BCRA dispuso que los bancos no podrán cobrar comisiones por acreditar ingresos en dólares provenientes del exterior. Hasta ahora, muchas entidades aplicaban cargos fijos o variables incluso cuando se trataba de transferencias desde cuentas propias, lo que generaba costos adicionales para los clientes.
“El sistema financiero local no está acostumbrado a que entren divisas, sino más bien a lo contrario. Muchos bancos cobraban cargos que desincentivaban el fondeo. Por eso los eliminamos”, explicó el presidente del BCRA, Santiago Bausili.
De esta forma, las entidades podrán cobrar costos de mantenimiento por las cuentas, pero no comisiones por cada acreditación. La medida alcanza tanto a quienes reciben ingresos por exportación de servicios como a quienes perciben transferencias de fondos propios o ayuda familiar desde el exterior.
El BCRA aclaró que la norma no impide trasladar a los clientes los gastos cobrados por bancos intermediarios en el exterior, siempre que estén debidamente documentados.
Esta decisión se vincula directamente con la finalización del cepo cambiario para personas físicas, vigente desde abril. Si los individuos ya pueden comprar libremente dólares sin cupos ni trámites, carecía de sentido que se les exigiera convertir en pesos parte de los ingresos recibidos desde el extranjero.
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Con Información de .infobae.com.-




