La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene bajo monitoreo las operaciones financieras que superan determinados montos, tanto en bancos tradicionales como en billeteras virtuales. Esto incluye incluso las transferencias entre cuentas propias, que también pueden ser reportadas cuando alcanzan ciertos valores.
Aunque no existe un límite máximo para transferir dinero, sí hay montos a partir de los cuales las entidades financieras están obligadas a informar los movimientos al organismo. Este sistema permite detectar operaciones relevantes y, en algunos casos, solicitar la justificación del origen de los fondos.
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Cuánto dinero se puede transferir sin reportes de ARCA
Según los parámetros vigentes en abril de 2026, las entidades deben informar cuando, en un mismo mes, los movimientos o saldos igualan o superan:
- $50.000.000 para personas físicas
- $30.000.000 para personas jurídicas
Estos montos incluyen ingresos, egresos y el saldo final mensual, sin importar si el dinero se transfiere entre cuentas del mismo titular.
En el caso de operaciones en moneda extranjera, los montos se convierten a pesos utilizando la cotización del Banco de la Nación Argentina al cierre del mes. Para criptomonedas, se toma el valor informado por la entidad correspondiente.
Qué operaciones están alcanzadas
El control no solo aplica a transferencias bancarias. También incluye:
- Transferencias o acreditaciones: $50.000.000 (personas físicas) / $30.000.000 (personas jurídicas)
- Extracciones en efectivo: hasta $10.000.000
- Saldos bancarios mensuales: mismos topes que transferencias
- Billeteras virtuales: mismos límites que cuentas bancarias
- Plazos fijos: hasta $100.000.000 (personas físicas) y $30.000.000 (personas jurídicas)
Un aspecto relevante es que las transferencias entre cuentas propias también se computan, ya que representan un ingreso en una cuenta y un egreso en otra, lo que impacta en el total mensual.
Qué ocurre si se superan los montos
Cuando se exceden estos valores, las entidades financieras deben reportar automáticamente la información a ARCA. Entre los datos que se informan se encuentran:
- Cuentas vinculadas al titular
- Datos personales identificatorios
- Detalle de movimientos (ingresos y egresos)
- Tipo de operaciones realizadas
- Saldos mensuales completos
- Relación con otras cuentas o terceros
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Este mecanismo no implica una sanción automática, pero puede derivar en controles fiscales más exhaustivos o en la solicitud de documentación para justificar el origen de los fondos.
Con Información de TN.-



