Fiorella Belén Damiani, exconsejera escolar de Bahía Blanca, fue condenada a tres años de prisión de ejecución condicional por el delito de falso testimonio agravado, al haber declarado falsamente en una causa penal en perjuicio de dos personas imputadas.
La sentencia fue dictada por el Tribunal en lo Criminal N.º 1 de Bahía Blanca, tras varias jornadas de juicio en las que declararon testigos y peritos, y se analizaron registros audiovisuales incorporados a la investigación.
El tribunal también dispuso una inhabilitación especial por seis años para declarar como testigo en procesos judiciales. Damiani no irá a prisión, pero deberá cumplir reglas de conducta durante el período de la condena: fijar y mantener actualizado su domicilio y someterse al control del Patronato de Liberados correspondiente a su lugar de residencia.
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Durante los alegatos, la fiscalía y la querella habían solicitado nueve años de prisión, mientras que la defensa pidió la absolución o la aplicación de la pena mínima prevista para el delito. Tras evaluar las pruebas, el juez Ricardo Gutiérrez concluyó que la acusada afirmó como verdadero un hecho que no lo era y que lo hizo sabiendo que sus declaraciones perjudicaban a quienes habían sido imputados en el proceso penal.
El caso se remonta a 2017, cuando Damiani denunció ante la Policía que dos músicos de Bahía Blanca, Fernando Pereyra y Joaquín Álvarez, la habían violado luego de drogarla y alcoholizarla. Ambos fueron detenidos e imputados por abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal agravado por la participación de dos personas. La denunciante sostuvo esa versión en diferentes declaraciones e incluso la ratificó en una ampliación realizada en 2021.
Los videos que cambiaron la causa
La situación dio un giro cuando se incorporaron a la causa videos recuperados de los teléfonos celulares de los acusados. En esas imágenes se observaba el encuentro sexual que había motivado la denuncia, y la propia Damiani reconoció ser la persona que aparecía en los registros.
Para el tribunal, esas grabaciones resultaron determinantes, ya que mostraban que la relación fue consentida y que los participantes se encontraban en pleno uso de sus facultades. A ello se sumaron pericias médicas que descartaron lesiones compatibles con una violación y análisis toxicológicos que no detectaron rastros de drogas en el organismo de la denunciante.
Con esas pruebas, la fiscalía solicitó la liberación inmediata y el sobreseimiento de los acusados, y avanzó con la imputación por falso testimonio agravado contra Damiani. La exfuncionaria fue detenida el 10 de abril de 2025, aunque recuperó la libertad cinco días después debido a que el delito es excarcelable.
El expediente llegó a juicio oral luego de las demandas civiles y penales presentadas por Pereyra y Álvarez tras su absolución.
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Tras conocerse la sentencia, uno de los denunciantes calificó el fallo como “una burla”, y se espera que tanto la fiscalía como la querella presenten recursos de apelación en los próximos días.
Con Información de LN.-




