Según el comunicado oficial, la restricción no afectará a las personas que ya cuenten con visas válidas. Es decir, quienes tengan una visa aprobada antes del 9 de junio de 2025, fecha en la que entra en vigor la proclamación, podrán ingresar sin inconvenientes a territorio estadounidense.
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La orden ejecutiva suspende totalmente el ingreso de ciudadanos de Afganistán, Myanmar, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen.
Además, impone restricciones parciales a ciudadanos de otros siete países: Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela. Para estos casos, la suspensión aplica principalmente al otorgamiento de nuevas visas y a personas que no tengan una visa válida a la fecha de entrada en vigor de la medida.
El decreto detalla que la suspensión se aplica a los ingresos «como inmigrantes o no inmigrantes», aunque se contemplan excepciones categóricas y evaluaciones caso por caso, a cargo del Departamento de Estado, Seguridad Nacional, Justicia y la Oficina del Director de Inteligencia Nacional.
Aunque los venezolanos con visas vigentes podrán ingresar, el veto migratorio podría dificultar trámites futuros, como la renovación de visas, el cambio de estatus migratorio o la reunificación familiar.
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Cabe recordar que Trump ya había emitido restricciones similares durante su primer mandato, pero en aquella ocasión las limitaciones para Venezuela se enfocaban exclusivamente en funcionarios del gobierno de Nicolás Maduro.
Esta nueva medida se da mientras crece la incertidumbre sobre la posible renovación o extensión del Estatus de Protección Temporal (TPS) para ciudadanos venezolanos en EE. UU.
Con Información de diarioversionfinal.com.-




