Un reciente anuncio realizado por María Fernanda Ubiergo, subsecretaria del Registro Civil de Salta, ha generado un intenso debate en la provincia. Durante una entrevista con FM Profesional, Ubiergo informó que, según el Código Civil y Comercial de la Nación, el matrimonio entre primos de segundo grado de consanguinidad ahora es legal. No obstante, la normativa mantiene la prohibición de contraer matrimonio con cuñados o exsuegros, lo que ha suscitado diversas reacciones entre los salteños.
ÚNETE A NUESTRO CANAL DE TELEGRAM PARA ESTAR INFORMADO
Ubiergo explicó que el artículo 536 del Código establece que «el parentesco por afinidad es el que existe entre la persona casada y los parientes de su cónyuge«, citando como ejemplos las relaciones entre suegros y yernos o nueras, así como entre sobrinos y tíos políticos. Esta normativa no solo regula los lazos biológicos, sino también el parentesco jurídico, basándose en argumentos morales que han abierto un extenso debate en la comunidad.
La noticia ha llevado a muchos a reflexionar sobre las implicaciones de estos cambios en las dinámicas familiares y las relaciones afectivas. ¿Qué impacto tendrá esta regulación en la sociedad salteña?




