Este viernes fue publicado el nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 235 que sorprendió a muchos, ya que en principio, se sabía que los emprendimientos gastronómicos, bares y restaurantes podían atender al público hasta el 30 % de su capacidad en espacios cerrados pero ahora se conoció que sólo será si tienen espacios al aire libre y que será de 6 a 19.
La norma también establece que los “locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.)”, no podrán atender a sus clientes entre las 19 horas y las 6 del día siguiente “salvo en las modalidades de reparto a domicilio y para retirar en el establecimiento en locales de cercanía”. Esa prohibición horaria afecta a todos los locales, y no discrimina entre los que tengan mesas al aire libre y los que no las tengan.
Se descuenta que esta decisión provocará protestas de los propietarios y trabajadores de los restaurantes y bares, que ya elevaron sus quejas con la disposición anterior, que los obligaba a cerrar sus puertas entre las 23 y las 6 de la mañana.
Además de la limitación a la circulación nocturna y el cierre de escuelas en el AMBA, que habían sido anunciadas por el presidente Alberto Fernández el miércoles, el DNU también contiene la orden para que los shoppings en esa misma zona geográfica permanezcan cerrados.
También dice que todos los locales comerciales, salvo algunos exceptuados, deberán permanecer cerrados, y que quedarán prohibidas hasta el 30 de abril “todas las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se realizan en ámbitos cerrados”.
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